La regulación FSVP, contenida en la parte 1, subparte L del título 21 del Código de Regulaciones Federales, obliga a los importadores de alimentos para consumo humano o animal a establecer y aplicar un programa de verificación de proveedores extranjeros. El programa debe acreditar que cada alimento importado cumple los requisitos estadounidenses aplicables y que no está adulterado ni —en el caso de alimentos para consumo humano— mal etiquetado en cuanto a alérgenos.
En cada línea de entrada de alimento sujeta a la regulación, el importador debe declarar ante la Aduana su nombre, su correo electrónico y su identificador único de instalación reconocido por la FDA.